Santo Domingo.- El presidente de la Cámara de Diputados, Alfredo Pacheco, reveló este martes que está a favor del proyecto de ley que busca eliminar las candidaturas independientes de la Ley 20-23, Orgánica del Régimen Electoral, aprobado por el Senado en primera lectura.

Al igual que su homólogo en la Cámara Alta, Ricardo de los Santos, Pacheco señaló que la Constitución dominicana no contempla dicha figura, por lo que el Congreso Nacional no puede legislar sobre ello.

Ponderó que si el primer Poder del Estado eliminara dichas candidaturas, “lo único que está haciendo es actualizando la ley con lo que establece nuestra Constitución”.

Aclaró, además, que su posición es particular, ya que la última palabra la tiene el Pleno. Al enfatizar sobre el futuro de la pieza, instó a esperar hasta que esta llegue a la Cámara Baja, luego que la ractifique el Senado, para que la mayoría de los diputados decidan si acogerla o no.

“Te adelanto que yo tengo simpatía con lo que está haciendo el Senado. A mí me simpatiza, como diputado. El Pleno que tome su decisión”, reiteró.

El titular de los diputados dio su opinión a pesar de que la comisión especial de ese órgano que estuvo a cargo de tres proyectos sobre candidaturas independientes –entre ellos uno similar al aprobado por el Senado- rindió un informe no favorables sobres las iniciativas, por entender que para aplicar las candidaturas independientes en el país habría que modificar la Carta Magna.

“¿En qué parte de la Constitución se contempla la candidatura independiente?… es que la Constitución de la República no contiene espacio para la candidatura independiente (…). Cuando la Constitución establezca las candidaturas independientes y una vía para ello, entonces nosotros perfectamente podremos legislar sobre eso; sobre lo que la Constitución no establece, nosotros no podemos legislar”, subrayó Alfredo Pacheco.

Ricardo de los Santos reitera respaldo

Más temprano, Ricardo de los Santos reiteró su apoyo al marco legislativo que eliminaría las candidaturas independientes, el cual lo aprobó él y otros senadores en primera lectura, y recordó que la Ley Suprema establece el derecho de elegir y ser elegido a través de los partidos, agrupaciones y movimientos políticos.

Como respaldo a la iniciativa mencionó el artículo 216 de la Carta Magna, al precisar, como Pacheco, que la Cámara Alta lo único que busca es que la Ley del Régimen Electoral esté cónsona con la Constitución.

“La organización de partidos, agrupaciones y movimientos políticos es libre, con sujeción a los principios establecidos en esta Constitución. Su conformación y funcionamiento deben sustentarse en el respeto a la democracia interna y a la transparencia, de conformidad con la ley.

Sus fines esenciales son:

1) Garantizar la participación de ciudadanos y ciudadanas en los procesos políticos que contribuyan al fortalecimiento de la democracia;

2) Contribuir, en igualdad de condiciones, a la formación y manifestación de la voluntad ciudadana, respetando el pluralismo político mediante la propuesta de candidaturas a los cargos de elección popular;

3) Servir al interés nacional, al bienestar colectivo y al desarrollo integral de la sociedad dominicana”, reza el artículo 216 de la Constitución.

El proyecto de ley, reintroducido en la Cámara Alta por el senador Ramón Rogelio Genao, suprime los artículos 156, 157 y 158 de la Ley 20-23, que tratan las candidaturas independientes, sobre los cuales el Tribunal Constitucional (TC) falló en contra -artículos 156 y 157- en su sentencia emitida en diciembre de 2024.

El órgano extrapoder estableció que los dos artículos debían reinterpretarlos y redactarlos nuevamente conforme a la Constitución, y reconoce la posibilidad de postulación de candidaturas independientes en todos los niveles mediante agrupaciones cívicas legalmente reconocidas.

La Finjus: candidaturas independientes las rechazaron en reforma constitucional de 2010

De acuerdo al vicepresidente de la Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus), Servio Tulio Castaños Guzmán, el debate de las candidaturas independientes no es de ahora, sino que tuvo su génesis en el pasado, pero tales candidaturas fueron rechazadas en la reforma a la Constitución de 2010.

Dijo que ha planteado que se realice un diálogo entre los poderes del Estado, los partidos políticos y quienes promueven las candidaturas independientes, para ver de qué forma se le puede buscar una solución a lo que establece la Carta Magna, aunque sabe que el debate fracasó en el pasado.

Alejandro Vargas reitera posición en sentencia

El juez Alejandro Vargas, miembro del Tribunal Constitucional y quien votó disidente en la Sentencia TC/0788/24, reiteró su criterio emitido en ese fallo. Señaló que no está a favor ni en contra de las candidaturas independientes, sino que entiende que las competencias para decidir ese tema son exclusivas del legislador (el Congreso Nacional).

Dejar respuesta

Please enter your comment!
Please enter your name here