Santo Domingo, República Dominicana. — El Tribunal Superior Administrativo (TSA) confirmó una sanción económica de RD$2,189,154.08 contra el Centro de Medicina Avanzada Dr. Abel González, tras determinar que el establecimiento no garantizó la atención de emergencia a dos personas afectadas por el desplome del techo de la discoteca Jet Set.
La decisión judicial respalda una resolución de la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL), emitida después de una investigación iniciada a raíz de las reclamaciones de los pacientes.
¿Qué ocurrió con los afectados?
Franklin Alberto Rodríguez Garabitos y Luis Thomás Graveley Hernández presentaron sus reclamaciones ante la Dirección General de Información y Defensa de los Afiliados a la Seguridad Social (DIDA), que asumió su representación.
De acuerdo con las investigaciones, el centro médico no registró las visitas de los pacientes y les comunicó que sus seguros de salud no eran aceptados, en lugar de gestionar la cobertura correspondiente con las Administradoras de Riesgos de Salud (ARS).
La SISALRIL investigó las denuncias y, el 13 de agosto de 2025, impuso una sanción administrativa al establecimiento.
Tribunal rechaza recurso de la clínica
La Tercera Sala del TSA, mediante la sentencia número 0030-04-2026-SSEN-00282, del 22 de mayo de 2026, rechazó el recurso presentado por la clínica y confirmó la multa.
Durante el proceso, el centro médico cuestionó la forma en que fueron tramitadas las reclamaciones. Sin embargo, el tribunal reconoció las atribuciones legales de la DIDA para representar a los afiliados y gestionar sus denuncias, conforme a la Ley 87-01, modificada por la Ley 13-20.
Los jueces también concluyeron que la SISALRIL actuó dentro de sus competencias y que la clínica no logró desvirtuar los resultados de la investigación.
La emergencia médica debe atenderse antes de verificar el seguro
Uno de los aspectos más relevantes de la decisión es el criterio de que la atención médica de emergencia debe priorizar la protección de la salud del paciente.
Según lo establecido en el fallo, la comprobación de la cobertura del seguro corresponde a las gestiones entre el prestador de servicios y la ARS, y no debe convertirse en un obstáculo para la atención inmediata.
Además de la multa, la resolución ordenó a la clínica elaborar un plan de acciones correctivas y capacitar a su personal sobre las normas del Seguro Familiar de Salud.
DIDA destaca la decisión
El director general de la DIDA, Elías Báez, valoró la actuación de las instituciones involucradas y reiteró que los ciudadanos pueden acudir a esa entidad cuando enfrenten dificultades para acceder a los servicios de salud.
El caso constituye un precedente relevante en la aplicación de las normas de protección de los afiliados al sistema dominicano de seguridad social.
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